La
fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz, solicitó a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia
(TSJ) el antejuicio de mérito de los 6 magistrados y 2 suplentes de
la Sala Constitucional. Nombró que se trata de los principales Juan José
Mendoza, Aracadio Delgado, Carmen Zuleta Calixto Ortega, Luis Damiani, Lourdes
Suárez y los suplentes Federico Fuenmayor y René Degraves.
Desde
la sede del sitio, la funcionaria explicó que actúa debido al presunto delito
de que habrían cometido de “conspiración contra la
forma republicana de la nación, previsto y sancionado en el artículo 132 del
Código Penal”, esto es a razón de la publicación que
hicieron en marzo de las sentencias 155 y 156 que provocaron lo que reitera fue “una ruptura del orden constitucional”, a
tal punto que el Gobierno Nacional convocó de manera urgente el Consejo de Defensa de
la Nación.
Explicó que a pesar de que el TSJ
efectivamente publicó aclaratorias de esas sentencias, tal como se lo
instó el Codena, “lo que aclararon fue en cuanto a las medidas
innominadas, pero no entraron a conocer el fondo de ellas”, ya que en ellas se le estaba
dando poderes especiales al presidente de la República, incluyendo en materia
penal, algo que debe “ser interpretada de manera restrictiva porque el Estado y
los ciudadanos necesitan seguridad jurídica de quién va a investigarlo y
juzgarlo”. Agregó que en las mencionadas polémicas decisiones “prácticamente se
disolvía la Asamblea Nacional, se le quitaban todas las atribuciones y se las
arrogaba la Sala Constitucional del TSJ, con la potestad de delegarlas en quien
ellos quisieran”.
“Indudablemente estas sentencias
ponen en peligro la democracia, requisito indispensable para la paz, para la
convivencia humana”, afirmó la Fiscal General de la República, subrayando luego que “no es a través
de un acto de fuerza como se conspira contra la forma republicana de la Nación,
también se conspira generando daños irreparables a través de sentencias”.
De
esta manera aseveró que “lo que se está
buscando es desmantelar el Estado”.
No
dejó a un lado su rechazo a que la misma Sala Constitucional sentenció posteriormente, en decisión N°
378, que “se revive la democracia representativa y se deroga la
democracia participativa y protagónica”, lo cual -dijo- viola el artículo 5 de
la Constitución Nacional, “se le transfiere a un poder
constituido la soberanía que solamente es y puede ejercerla el pueblo, e
igualmente se atenta contra la supremacía constitucional”.
Así,
justificó que actuó al haberse desconocido el
Estado de derecho.
Información. El Universal
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